Prevención de fraude

De acuerdo con la Resolución N° 38.477 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, el fraude es la acción u omisión perpetrada en el marco de una relación de seguros, para recabar una ventaja o beneficio indebido, para provecho propio o de un tercero.

Se trata, entonces, de un engaño a una compañía de seguros para obtener un beneficio económico ilegalmente. Puede detectarse en la contratación de una cobertura, durante su vigencia o renovación y al momento del siniestro. El fraude es un delito penado legal, ética y socialmente, por cuanto causa daños a toda la comunidad. En materia de seguros, su impacto incide en los costos de las pólizas, perjudicando a los asegurados. Por eso, es importante que todos seamos parte de la lucha contra esta forma de comportamiento ilegal.

Guía de recomendaciones:

Nunca deben firmar en blanco formularios de reclamos o denuncias de siniestros.
Nunca deben aceptar dinero, o suscribir documentos o acordar apoderamientos cuyos alcances y efectos no comprendan, como tampoco reconocer hechos que no han sucedido, ni aceptar la asistencia letrada proporcionada por terceros desconocidos.
No deben modificar el estado de las cosas dañadas por el siniestro (con excepción de la obligación de salvamento en orden a que en la medida de sus posibilidades debe evitar o disminuir el agravamiento del daño), como tampoco exagerar fraudulentamente los daños; emplear pruebas falsas; o proporcionar información complementaria falsa.
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Datos del responsable antifraude:
Maricel Sangoi - Oficial de Prevención de Fraude.
Patricia Manolitsis - Suplente - Oficial de Prevención de Fraude.
prevenciondelfraude@qualiaseguros.com
(011) – 4370 2900